lunes, 29 de abril de 2013

Perspectivas de análisis del Derecho Político



Dr. Diego Alejandro Molea
Prof. Titular de Derecho Político
Facultad de Derecho - UNLZ

Introducción a la materia
Hacer una presentación de la materia es una gran oportunidad para despertar interés en los temas propuestos, y permite describir la importancia de sus unidades en la formación de un profesional del derecho. El motivo de que esta materia se encuentre en el ingreso de la carrera es una demostración cabal de esa importancia que, por supuesto, comparte con otras cinco materias que aspiran a saldar ese salto entre el nivel medio y el grado universitario. Específicamente, la presente propuesta académica se sustenta sobre dos conceptos medulares.
Uno de ellos es el sentido histórico, es decir, el desarrollo cronológico de las “ideas políticas”, no para comprender una evolución ordenada de autores sino, por el contrario, para discutirlas como proceso y construcción histórica, que lleva al ser humano a debatir, a sufrir y a luchar por esa conflictiva relación que se da entre quien ejerce el poder y quien es objeto de esa relación de poder. En términos más cercanos, entre quien gobierna y quien es gobernado.
El otro, es el estudio de los conceptos, que para esta propuesta académica son los siguientes:
·         La política.
·         El Estado.
·         La democracia.
·         El gobierno.
·         Los partidos políticos.
·         Las elecciones y los sistemas electorales.
·         Las instituciones de gobierno en la Argentina.
Para el cumplimiento de estos dos objetivos se divide la bibliografía en obligatoria y complementaria. La bibliografía obligatoria tiene por eje central el texto de reciente publicación de los profesores Luis Aznar y Miguel De Luca[1], que permite un tratamiento ordenado e interesante de los núcleos centrales de la materia.
La bibliografía complementaria permitirá trabajar en forma más detallada y sencilla los temas de las distintas unidades. Con respecto al tratamiento de las mismas hay que considerar los siguientes comentarios correspondientes a los ítems arriba mencionados.


Contenido de las unidades programáticas
Definición de lo político desde una perspectiva académica. La política como actividad está presente diariamente en nuestras vidas, sin embargo, ese tratamiento es insuficiente ya que la propuesta radica en profundizar el estudio del funcionamiento institucional de la política, definiendo el espacio de la misma y explicando el estrecho vínculo que existe entre esta área del derecho y la ciencia política.
Historia de las ideas políticas. A partir de la comprensión del fenómeno político y del poder, estudiar algunos aspectos medulares de los autores clásicos del Derecho  Político. Es necesario comprender el modelo democrático ateniense como un punto de partida obligado para la teoría política occidental. Los dos autores más importantes han sido, sin duda, Platón y Aristóteles, quienes, a su manera, intentaron proponer cuál era la forma más satisfactoria y natural de organizar la vida social. Sus escritos han sido tan seminales que todavía hoy el mundo académico sigue, en gran medida, alguna de las dos tradiciones que ellos inauguraron: o los hombres se adaptan a las mejores reglas de convivencia, o las reglas de convivencia se adaptan a los hombres que existen.
Sin necesidad de ser originales, el programa propone trabajar sobre la experiencia de la polis ateniense y su medular concepto de ciudad-estado y también sobre el irresistible repaso de la lectura de Maquiavelo[2] acerca de la secularización de la política con el objetivo de entrar con plenitud al mundo moderno con el contractualismo y el pensamiento liberal. Es un valor importante de esta parte de la cursada trabajar con los textos de los autores clásicos, evitando interpretaciones de terceros, con algunas excepciones.
El Estado. Como futuros abogados, es indispensable comprender qué es el Estado. Para esto ayudará mucho la materia Derecho Constitucional, pero no hay duda de que el Derecho Político contribuye en esa tarea. El programa desarrollará conceptos acerca de qué es el Estado, cómo fue su evolución histórica, su formación en América latina, el desarrollo de las teorías políticas que sustentan las diferentes configuraciones estatales, la relación entre Estado y sociedad civil, y el contemporáneo vínculo entre el Estado y la globalización. Con referencia a este tema se utilizarán lecturas de Karl Marx[3] y Max Weber[4] .
La democracia. Debemos empezar por comprender el fenómeno de la representación política, sus implicancias y, por supuesto, sus valores democráticos. A partir de esta descripción, avanzar en la discusión en torno a los valores y principios democráticos que regulan nuestra vida social, sin dejar de considerar los evidentes inconvenientes que la democracia tiene como principio de gobierno en términos teóricos, y su implementación, especialmente, en América Latina. Para comprender estos temas está contemplado el uso del clásico texto de Bernard Manin[5] acerca de los principios del gobierno representativo, un capítulo de Norbeto Bobbio[6] del libro El futuro de la democracia y el reciente artículo de María Soledad Méndez Parnes y Juan Negri[7].
El gobierno. Como el espacio institucional donde se articulan las relaciones de poder; cómo participan los ciudadanos en un gobierno; el fenómeno de la gobernabilidad; las variantes constitucionales de gobierno: presidencialismo, parlamentarismo y semipresidencialismo; y también la necesidad de comprender el sistema judicial, no como procedimiento sino como parte de un sistema de gobierno. El eje bibliográfico lo desarrolla el texto de Mara Pegoraro y Florencia Zulcovsky[8].
Los partidos políticos. La evolución histórica de los partidos políticos, su génesis y permanente transformación. Los partidos políticos como estructuras de intermediación de intereses en las democracias contemporáneas que funcionan bajo los principios de una economía capitalista. Comprender cómo los partidos políticos organizan la competencia electoral, y construyen la gobernabilidad del sistema. La bibliografía propuesta utiliza el clásico e ineludible texto de Giovanni Sartori[9] Partidos y Sistema de Partidos, y el reciente trabajo de Luciana Cingolani[10].
Las elecciones y los sistemas electorales. El sufragio es un ejercicio que tiene infinidad de implicancias y significaciones. Estas variantes están establecidas en los diferentes sistemas electorales: la competitividad de las elecciones, sus reglas básicas, el derecho de voto y la construcción de los padrones electorales, las candidaturas, las campaña electorales y el financiamiento de la política; cuestiones específicas de las elecciones como la revocatoria de mandatos, plebiscito, referéndum e iniciativa popular. No podemos dejar de mencionar en esta materia el texto del Dr. Miguel De Luca[11], denominado Elecciones y sistemas electorales.
Las instituciones de gobierno en Argentina. El objetivo con el que se pretende cerrar la cursada es revisar algunos aspectos del gobierno republicano, representativo y federal de la Argentina, analizando cómo los marcos teóricos estudiados se plasman en algunos temas del diseño constitucional argentino. El sistema presidencialista argentino, la relación entre los tres poderes del Estado, el federalismo argentino, la reforma constitucional de 1994, el control de constitucionalidad y el funcionamiento del sistema judicial. La bibliografía se compone de textos de análisis institucional como el de Jorge Mayer[12] e Hipólito Orlando[13] y con aspectos centrales de la Constitución Nacional elaborados por el Dr. Walter Carnota[14].

Desarrollo de los ejes centrales de la materia
Definición de lo Político
Esta introducción se sustenta sobre la lectura de la unidad 1 de Sheldon Wolin[15] y Norberto Bobbio[16] en la que se  reflexiona acerca de la definición de lo político y su significado a lo largo de la historia. Si bien la materia se desarrolla dentro del plan de estudios de la carrera de abogacía, el tema de referencia tiene íntima relación con otras disciplinas, tales como la ciencia política, la filosofía y la sociología.
La definición de lo político requiere, por lo tanto, de esta mirada interdisciplinaria porque no resiste a una concepción taxativa. Cada disciplina hace su aporte: la filosofía profundiza en el área de la filosofía política con un enorme contenido de los autores clásicos. Más cercano a este tiempo aparece la sociología y, con posterioridad, la ciencia política; especialmente esta última, para describir el fenómeno de las instituciones políticas, lo que se denomina análisis institucional.
La interrelación entre la política y la cuestión institucional expresa con claridad las dificultades del proceso político, de la lucha política por la imposición de intereses o criterios ideológicos, y de la estrecha relación entre orden político e instituciones.
El recorrido histórico que propone esta cátedra se concentra en las discusiones entre los siglos XV y XIX, etapa en la que se abandona la visión teológica, para situar el centro del análisis en la cuestión del poder y la autoridad como un hecho absolutamente humano.
Según Maquiavelo[17]:
Procure pues, un príncipe conservar y mantener el Estado: los medios que emplee serán siempre considerados honrosos y alabados por todos; porque el vulgo se deja siempre coger por las apariencias y por el acierto de la cosa y en el mundo no hay sino vulgo. Los pocos espíritus penetrantes no tiene lugar en el, cuando la mayoría tiene donde apoyarse. Un príncipe de nuestros tiempos, al cual no está bien nombrar, jamás predica otra cosa que paz y lealtad, y en cambio es enemigo acérrimo de una y otra; si él las hubiera observado, muchas veces le habrían quitado la reputación o el estado.”
(Maquiavelo, 1997: Cap. XVIII).
La conservación del poder como elemento estructurador del orden político es un fin trascendente para la acción política.
Mientras que, para Hobbes[18]:
“El fin del Estado es, particularmente, la seguridad.
La causa final, fin o designio de los hombres (que naturalmente aman la libertad y el dominio sobre los demás) al introducir esta restricción sobre sí mismos (en la que los vemos vivir formando Estados) es el cuidado de su propia conservación y, por añadidura, el logro de una vida más armónica; es decir, el deseo de abandonar esa miserable condición de guerra que, tal como hemos manifestado, es consecuencia necesaria de las pasiones naturales de los hombres, cuando no existe poder visible que los tenga a raya y los sujete, por temor al castigo, a la realización de sus pactos y a la observancia de las leyes de naturaleza establecidas en los capítulos XIV y XV. (...)
Los pactos que no descansan en la espada no son más que palabras, sin fuerza para proteger al hombre, en modo alguno. Por consiguiente, a pesar de las leyes de naturaleza (que cada uno observa cuando tiene la voluntad de observarlas, cuando puede hacerlo de modo seguro) si no se ha instituido un poder o no es suficientemente grande para nuestra seguridad, cada uno fiará tan sólo, y podrá hacerlo legalmente, sobre su propia fuerza y maña, para protegerse contra los demás hombres.”
(Hobbes, 1998: Cap XVII)
Este pacto es la única posibilidad para salir del estado de naturaleza, en el cual “el hombre es el lobo del hombre”, por lo tanto la superación de esa condición solo es posible a través de un estado absolutista.
Con Locke[19] aparece una visión distinta del estado de naturaleza:
“3. 1. 3. De las finalidades de la Sociedad Política y del Gobierno (Capítulo IX)
(…)123. Si el hombre en su estado de naturaleza tan libre es como se dijo, si es señor absoluto de su persona y posesiones, igual a los mayores y por nadie subyugado, ¿por qué irá a abandonar su libertad y ese imperio, y se someterá al dominio y dirección de cualquier otro poder? Pero eso tiene obvia respuesta, pues aunque en el estado de naturaleza le valiera tal derecho, resultaba su goce y seguidamente expuesto a que lo invadieran los demás; porque siendo todos tan reyes como él y cada hombre su parejo, y la mayor parte observadores no estrictos de la justicia y equidad el disfrute de bienes en ese estado es muy inestable, en zozobra. Ello le hace desear el abandono de una condición que, aunque libre, llena está de temores y continuados peligros; y no sin razón busca y se une en sociedad con otros ya reunidos, o afanosos de hacerlo para esa mutua preservación de sus vidas, libertades y haciendas, a que doy el nombre general de propiedad.”
El pensamiento liberal en Locke se sustenta sobre la libertad individual, cuyo desarrollo es el que permite la construcción del bien común, aspecto a proteger en el Tratado para un gobierno civil.
Pero, siguiendo la lógica contractualista surge el pensamiento de Rousseau[20], quien invierte la descripción al plantear un estado de naturaleza de plena convivencia y al impulsar un Contrato social que exprese y recupere esos valores en un nuevo pacto profundamente democrático.
4. 1. 2. Del Pacto Social (Libro I - Capítulo VI)
“(…) Ahora bien, como los hombres no pueden engendrar nuevas fuerzas, sino solamente unir y dirigir las que existen, no tienen otro medio de conservación que el de formar por agregación una suma de fuerzas capaz de sobrepujar la resistencia, de ponerlas en juego con un solo fin y de hacerlas obrar unidas y de conformidad.(…)
"Encontrar una forma de asociación que defienda y proteja con la fuerza común la persona y los bienes de cada asociado, y por la cual cada uno, uniéndose a todos, no obedezca sino a sí mismo y permanezca tan libre como antes." Tal es el problema fundamental cuya solución da el Contrato social.
Las cláusulas de este contrato están de tal suerte determinadas por la naturaleza del acto, que la menor modificación las haría inútiles y sin efecto; de manera, que, aunque no hayan sido jamás formalmente enunciadas, son en todas partes las mismas y han sido en todas partes tácitamente reconocidas y admitidas, hasta tanto que, violado el pacto social, cada cual recobra sus primitivos derechos y recupera su libertad natural, al perder la convencional por la cual había renunciado a la primera.
Estas cláusulas, bien estudiadas, se reducen a una sola, a saber: la enajenación total de cada asociado con todos sus derechos a la comunidad entera, porque, primeramente, dándose por completo cada uno de los asociados, la condición es igual para todos; y siendo igual, ninguno tiene interés en hacerla onerosa para los demás.”
El legado contractualista se ve reformulado a partir de las experiencias del siglo XIX, que en plena consolidación capitalista tiene dos grandes momentos de análisis acerca del Estado, el legado marxista y el weberiano.
Para Karl Marx[21], “El Estado burgués como dominio de clase. El condicionamiento de la superestructura política por parte de la estructura económica, o lo que es lo mismo la dependencia del estado de la sociedad civil, se manifiesta en el hecho de que ésta es el lugar donde se forman las clases sociales y se revelan los antagonismos, y el estado es el aparato, o el conjunto de los aparatos, de los cuales el determinante es el aparato represivo (el uso de la fuerza monopolizada), cuya función principal es, por lo menos en general, y por lo tanto salvo casos excepcionales, impedir que el antagonismo degenere en lucha perpetua (que sería un retorno puro y simple al estado de naturaleza), no ya mediando los intereses de las clases contrapuestas sino reforzando, es decir contribuyendo a mantener, el dominio de la clase dominante sobre la clase dominada.”
Mientras exista un Estado hay dominio, mientras hay dominio hay injusticia, y no es posible la emancipación humana. La ruptura de este dominio de clase que se produce en la sociedad capitalista debe darse, para el autor, por medio de una lucha armada que con su triunfo transite hacia una sociedad de iguales, una sociedad sin Estado.
El recorrido planteado por Max Weber[22] es el de colocar al Estado en un rol fundamental para la consolidación del capitalismo. Ese Estado moderno debe contener una estructura burocrática, que con características de verticalidad, eficiencia y estabilidad, le brinden las condiciones necesarias para el desarrollo de la fase industrial del capitalismo de fines del siglo XX.
“El Estado es aquella comunidad humana que en el  interior de un determinado territorio –el concepto del “territorio” es esencial a la definición- reclama para sí (con éxito) el monopolio de la coacción física legítima. Porque lo específico de la actualidad es que a las demás asociaciones o personas individuales sólo se les concede el derecho de la coacción física en la medida en que el Estado lo permite. Éste se considera, pues, como fuente única del “derecho” de coacción.”
Este recorrido histórico permite comprender algunos de los ejes centrales del debate político. No es necesario aclarar que esta selección fue pensada para una cursada cuatrimestral y que es evidente que ha dejado fuera de la bibliografía a autores de enorme aporte para la teoría política. De todas maneras, con la aclaración precedente, es posible articular con esta selección cómo la teoría política va profundizando su debate sobre la necesidad del orden como principio regulador de la vida social.
En este recorrido, y siguiendo el argumento de Sheldon Wolin[23], existe una tradición histórica de la filosofía política, tomando como herramienta la indagación que tiene como problemática central las relaciones entre gobernantes y gobernados y el vínculo entre el orden y el ejercicio de la autoridad. Dicha problemática sigue vigente, con agenda abierta y con respuestas múltiples. Al no haber una respuesta correcta y única, se demuestra que el objeto de estudio es amplio y desconcertante.
Sin embargo, luego del repaso de estos autores clásicos es necesario definir con claridad cuales son los atributos que definen al estado en la modernidad.

Estado Moderno
La modernidad como proceso de secularización y reivindicación del individuo, frente a la concepción medieval, irrumpe como catalizador de distintas variables a partir de los siglos XV y XVI, poniendo el centro del debate en el nuevo orden político y, muy especialmente, en las condiciones de su legitimidad.
Surge por definición que si estos cambios se inician en el 1500, Europa se vuelve definitivamente moderna en los siglos XVIII y XIX, como resultado de cambios, crisis, revoluciones y guerras, que finalizan con el triunfo del capitalismo como modelo de producción dominante, con su contraparte política de reemplazo de las monarquías absolutistas por repúblicas liberales o monarquías constitucionales.
La amplitud del fenómeno se extiende hacia la producción científica y el arte, redefiniendo la forma de comprender el mundo y el rol del ser humano en ese contexto. El comercio desempeña una tarea central que desplaza la preocupación económica de la tierra hacia el intercambio de bienes y servicios; este primer elemento será la base del despegue industrial.
No es difícil comprender las características de la industrialización a partir del sideral aumento de la producción y del intercambio de bienes que se realizan por medio de la navegación, al incorporar paulatinamente las colonias al comercio internacional.
Ese dato económico requiere de un correlato político ya que es obvio que la vieja estructura feudal no pudo resolver el nuevo fenómeno económico, y por lo tanto, se rediscute el diseño institucional. El pensamiento creador y potenciador de las construcciones estatales es extraordinario, en Europa y en América y comprende:
·         La expansión industrial y comercial británica.
·         La Revolución Francesa (1789).
·         El debate alemán y la hegemonía prusiana.
·         La declaración de la independencia de los Estados Unidos (1776) y la constitución de Filadelfia (1787).
·         La cuestión independentista en América Latina.
Estos procesos extraordinariamente creativos ponen en claro cuáles son las condiciones sobre las que debe diseñarse y construirse el escenario político. Entre los aspectos aglutinantes, se puede mencionar la construcción de los estados nacionales, con concentración y centralización de la autoridad en un territorio claramente determinado. La inmensidad de conflictos regionales subsiste y es parte de una condición de todo el siglo XIX, con las especificidades y particularidades de cada caso.
Surge la clara diferenciación entre el espacio público y el privado. La separación planteada por Michael Walzer[24], en el sentido de ser la primera oportunidad en la historia de la humanidad de permitir el claro reconocimiento por parte del Estado a los individuos como miembros de la sociedad y como actores capaces de tomar decisiones políticas. La autonomía de pensamiento y de construcción de un espíritu crítico en los sectores ilustrados significa un cambio de época.
La construcción de espacios institucionales autónomos constituye el elemento central del pensamiento liberal. La aparición de la denominada esfera pública, adjetivada como burguesa, es la oportunidad que encuentran los sectores ilustrados de producir debates cuya regla central es el uso de la razón. Las diferencias que verdaderamente existían solo pueden ser resueltas en la medida en que todos los actores acepten esa regla.
A partir de este momento histórico interesa indagar en la cuestiones vinculadas a la teoría política, con especial referencia a quienes son parte integrante de una misma comunidad, en un sentido más contemporáneo a las cosas del Estado.
Al definir cosas del Estado es importante identificar las distintas posibilidades de estudio que esta dimensión ofrece: la historia de la ideas políticas, el estudio comparado de distintos modelos teóricos, los diseños institucionales de cada caso, el comportamiento de los ciudadanos, las políticas públicas implementadas y la relación entre los estados nacionales.
Por el hecho de pensar desde una cátedra de la Facultad de Derecho, existe un sesgo razonable hacia los temas específicos del Estado, partiendo del razonamiento de quien detenta la responsabilidad de producir el ordenamiento de la sociedad y comprendiendo el fenómeno político ya que la política interactúa desde el Estado y hacia el Estado.
Pensando en que la política también es acción hacia el Estado, no solo en términos de demanda, sino también como objetivo de la lucha por el poder, la sociedad es parte activa de ese proceso en toda circunstancia. Al hacer referencia a esta situación es posible pensar la acción ciudadana desde múltiples experiencias. Es importante esta aclaración porque pareciera que la política, y mucho más específicamente la acción ciudadana pertenecen solo a las experiencias democráticas. Lamentablemente, el proceso político es parte de situaciones mucho más extensas. Tanto en experiencias autoritarias, como totalitarias, la política está decididamente presente, y por supuesto también existen allí acciones ciudadanas, tanto la aprobación y/o aceptación, como la resistencia, inherentes a esas condiciones.
Justamente el Derecho Político debe dar cuenta de que esa relación institucional no es tan armoniosa y que está plagada de dificultades, tal como lo expresan los innumerables quiebres del orden político.
Desconocer entonces esas condiciones sería no comprender la totalidad del fenómeno político. Para nuestro estudio, toda interacción dentro de un marco institucional merece ser considerada. Razones sobran para abundar acerca de nuestra principal preocupación, las condiciones de interacción dentro del estado-nación. No es un problema de méritos o prioridades, simplemente afirma que en el mundo contemporáneo, y desde la modernidad, el estado-nación ha sido el eje central del análisis político.
Para avanzar en una primera conclusión, el Estado moderno ha podido garantizar el ordenamiento jurídico para articular con las exigencias de la dinámica de la sociedad capitalista, articulación que con sus dificultades y modificaciones tiene plena vigencia en el mundo contemporáneo.

Conclusión
Específicamente es el Derecho Político quien posa su preocupación en las instituciones jurídicas que dan sustento a los distintos ordenes políticos y sus prácticas institucionales. El funcionamiento institucional define el espacio de la política fijando reglas y procedimientos que delimitan la relación entre quien gobierna y quien es gobernado. Esa relación está imbuida por la continuidad del orden y/o su ruptura, ya que la condición de crisis tiende a generar nuevas perspectivas a la política. La teoría política expresa una vocación constante por mantener el orden, o buscar nuevas herramientas teóricas que permitan reconstruir la estabilidad y el equilibrio en una sociedad.
Insistiendo en los argumentos de Sheldon Wolin (Wolin: 1993), uno de los logros de la filosofía política es la existencia de un vocabulario propio y específico, que si bien es compartido con otras disciplinas, permite dar un marco apropiado a la discusión.
Como los matemáticos y los físicos emplean definiciones y categorías especificas, el lenguaje teórico-político tiene sus propias peculiaridades. Esta condición permite una evolución importante, no da garantía a predicciones exactas, situación que no inhibe el crecimiento y el desarrollo de la disciplina que, por cierto, ha hecho y sigue haciendo esfuerzos por predecir cuestiones vinculadas a los procesos políticos. Esta afirmación además se sostiene por la propia acción de la política; toda legislación intenta moldear las conductas futuras de los actores involucrados y con mayor énfasis cuando la política describe utopías con un impulso arquitectónico del diseño político.
La innovación en la teoría política no es necesariamente una ruptura con el pasado sino es, en muchas ocasiones, una descripción ordenada y más profunda de conceptos preexistentes; de hecho se hallan reinterpretaciones de argumentos que renuevan la búsqueda de soluciones a los problemas de la teoría.
En este recorrido se intentan rescatar los grandes debates históricos para pensar cuáles pueden ser los aspectos a reconsiderar desde la teoría política frente a los desafíos contemporáneos, es decir, a las preocupaciones del Derecho y sus instituciones.





Material Bibliográfico

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[1] Aznar, Luis, Política y ciencia política, en Aznar, Luis y De Luca, Miguel (compiladores), Política. Cuestiones y problemas, Emecé: Buenos Aires, Argentina, 2006.
[2] Maquiavelo, Nicolas, El Príncipe, Hyspanoamerica, Buenos Aires, Argentina, 1982.
[3] Bobbio Norberto y otros, Diccionario de Ciencia Política, editorial Siglo XXI, México, 1998. Páginas 935-942.
[4] Weber, Max, Economía y Sociedad, Fondo de Cultura Económica, México, 1987. Segunda Parte, capítulo IX, páginas 1047 – 1076.
[5] Manin, Bernard, Los principios del gobierno representativo, Alianza editorial, Buenos Aires, Argentina, 1998.
[6] Bobbio, Norberto, El Fututo de la Democracia, Fondo de Cultura Económica, México, 1986. Capítulo II.
[7] Mendéz Parnes, María Soledad y Negri, Juan Javier, Democracia, en Aznar, Luis y De Luca, Miguel (compiladores), Política. Cuestiones y problemas, Emecé: Buenos Aires, Argentina, 2006.
[8] Pegoraro, Mara y Zulcovsky, Florencia (2007), Gobierno, en Aznar, Luis y De Luca, Miguel (compiladores), Política. Cuestiones y problemas, Emecé: Buenos Aires, Argentina, 2006.
[9] Sartori, Giovanni, Partidos y sistemas de partidos, Alianza Editorial, Madrid, España, 1992. Parte II, capítulo 5.
[10] Cingolani, Luciana (2007), Partidos políticos y sistemas de partidos, en Aznar, Luis y De Luca, Miguel (compiladores), Política. Cuestiones y problemas, Emecé: Buenos Aires, Argentina, 2006.
[11] De Luca, Miguel (2007), Elecciones y sistemas electorales, en Aznar, Luis y De Luca, Miguel (compiladores), Política. Cuestiones y problemas, Emecé: Buenos Aires. 
[12] Mayer, Jorge, Argentina en Crisis, política e instituciones 1983 - 2003, editoria EUDEBA, Buenos Aires, 2012. Capítulo conclusiones.
[13] Orlandi, Hipólito y Bavastro, Roberto, El papel del poder judicial en el proceso de gobierno. en Orlandi Hipólito (compilador) Las Instituciones Políticas de Gobierno. Eudeba, Buenos Aires, Argentina, 1998.
[14] Carnota, Walter F. y Maraniello Patricio A., Derecho Constitucional, La Ley, Buenos Aires, Argentina, 2008. Parte Primera, Capítulo III.
[15] Wolin, Sheldon S., Política y Perspectiva, Amorrortu editores, Buenos Aires, Argentina, 1993. Capítulo 1.
[16] Bobbio Norberto y otros, Diccionario de Ciencia Política, editorial Siglo XXI, México, 1998. Páginas 1215-1225.
[17] Maquiavelo, Nicolas, El Príncipe, Hyspanoamerica, Buenos Aires, Argentina, 1982. Capítulos 18, pág. 88.
[18] Hobbes, Thomas, Leviatán, editorial Sarpe, Madrid, 1983. Parte 1, capítulo 17, pág. 175.
[19] Locke, John, Ensayo para el gobierno civil, Hispanoamérica, Barcelona, España, 1983. Capítulo 9, pág. 88.
[20] Rousseau, Jean Jacques, El Contrato Social, Editorial Porrua, México, 1987. Libro 1, capítulo 6, pág. 9.
[21] Bobbio Norberto y otros, Diccionario de Ciencia Política, editorial Siglo XXI, México, 1998. Páginas 939.
[22] Weber, Max, Economía y Sociedad, Fondo de Cultura Económica, México, 1987. Segunda Parte, capítulo IX, páginas 1056.
[23] Wolin, Sheldon S., Política y Perspectiva, Amorrortu editores, Buenos Aires, Argentina, 1993. Capítulo 1.
[24] Walzer, Michael, El liberalismo y el arte de la separación, en Revista Opciones, Nro. 16, 1989.

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